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Un fideicomiso para necesidades especiales, a veces llamado un fideicomiso para necesidades suplementarias, es un fideicomiso diseñado para mantener activos en beneficio de una persona con discapacidades o necesidades especiales. El fideicomiso está diseñado para que el beneficiario pueda conservar la elegibilidad para los beneficios del gobierno, como Medicaid y SSI, al tiempo que permite que los activos del fideicomiso se usen para las necesidades suplementarias del beneficiario.
Los dos tipos de fideicomisos para necesidades especiales
- Uno es creado y financiado con activos que pertenecen al beneficiario. Esto se llama una confianza autoliquidada.
- El segundo tipo es creado por otra persona (o un tercero) para beneficio del niño o la persona discapacitada, generalmente por un padre o abuelo.
Confianza de necesidades especiales autocompensada
El primer tipo de fideicomiso, un fideicomiso de necesidades especiales autoliquidado, se usa a menudo cuando se deben pagar daños a una persona lesionada. A veces, el acuerdo o el veredicto por lesiones personales surgió del incidente que creó la discapacidad, pero no necesariamente. Celebrar el acuerdo o el fallo en un fideicomiso para necesidades especiales permite al beneficiario vivir con más dignidad y comodidad.
Los fondos en el fideicomiso se pueden usar para complementar los beneficios recibidos de varios programas de asistencia gubernamental, incluidos SSI y Medicaid. El beneficiario no tiene control directo ni acceso a fondos en el Fideicomiso. Es administrado por un Fiduciario que tiene amplia discreción para realizar distribuciones en nombre del beneficiario para proporcionar opciones de cuidado superior, oportunidades de tratamiento y rehabilitación, vivienda, equipo electrónico, computadoras, capacitación laboral, vacaciones, etc.
Para que un fideicomiso autofinanciado con necesidades especiales esté exento como activo para la calificación de beneficios, debe devolver al gobierno los servicios prestados si queda algo en el fideicomiso cuando el beneficiario con una discapacidad o necesidades especiales muere.
Confianza de necesidades especiales de terceros
El segundo tipo de fideicomiso de necesidades especiales es el creado para el beneficiario por otros.
Si es padre de un niño con necesidades especiales, la forma en que le deje la herencia de su hijo puede afectar en gran medida la calidad de vida del niño después de su muerte. Una herencia absoluta inmediatamente hará que se detengan todos los beneficios del gobierno. Su hijo tendrá que pagar el 100% de los gastos de atención médica, los medicamentos, los asistentes de atención personal, la terapia, las visitas al médico y el alojamiento y comida donde sea que vivan. Esto continuará hasta que se agote toda la herencia. Entonces su hijo discapacitado volverá a calificar para los beneficios.
Si la herencia se agota porque se tuvo que gastar para volver a calificar para los beneficios, ya no habrá fondos adicionales para pagar educación, medicamentos de venta libre, viajes para ver a miembros de la familia, materiales de lectura, suministros básicos u otros gastos.Los beneficios del gobierno no cubren este tipo de gastos.
En lugar de dar directamente la herencia (o, lo que es peor, desheredar al niño con necesidades especiales), estos padres deben incluir fideicomisos para necesidades especiales en sus planes patrimoniales. El fideicomiso para necesidades especiales no proporciona fondos para alimentos básicos, ropa o refugio. Sin embargo, se puede pagar una gran variedad de necesidades suplementarias. El fideicomiso podría comprar una casa para que viva su hijo discapacitado o podría pagarle a un defensor que se asegurará de que su hijo reciba los servicios que necesita.
Los abuelos y otros parientes pueden agregar a la confianza. Cuando el niño con necesidades especiales muere, el saldo restante en el fideicomiso se puede distribuir a otros miembros de la familia. Es importante tener en cuenta que este tipo de confianza requiere una planificación anticipada. Es importante hablar ahora con su abogado de sucesión para incluirlo en su plan de sucesión.
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