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Recibo un correo electrónico todo el tiempo (generalmente de mis esposas) preguntando qué constituye el delito de "adulterio" en el ejército de hoy en día. Por lo general, la esposa está molesta porque percibe que los militares no hicieron nada por los malos modales de un marido descarriado, o están enojados porque los militares no lo castigaron por haberla engañado.
Entonces, ¿el adulterio sigue siendo una ofensa bajo el sistema de justicia militar? Si y no. De hecho, depende de las circunstancias.
Te sorprenderá saber que el adulterio no figura como delito en el Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ). El UCMJ es una ley federal, promulgada por el Congreso, para gobernar la disciplina legal y los consejos de guerra para los miembros de las fuerzas armadas. Los artículos 77 a 134 de la UCMJ abarcan los "delitos punitivos" (estos son delitos por los que se puede procesar). Ninguno de esos artículos menciona específicamente el adulterio.
El adulterio en el ejército se procesa de hecho en virtud del artículo 134, que también se conoce como el "Artículo general". El artículo 134 simplemente prohíbe las conductas de naturaleza tal que desacrediten a las fuerzas armadas o las conductas que sean perjudiciales para el buen orden y la disciplina.
El UCMJ le permite al Presidente de los Estados Unidos administrar el UCMJ al escribir una Orden Ejecutiva, conocida como el Manual para corte marcial (MCM). El MCM incluye el UCMJ y también complementa al UCMJ al establecer "Elementos de prueba" (exactamente lo que el gobierno debe * probar * para procesar una ofensa), una explicación de ofensas y los castigos máximos permisibles para cada ofensa (entre otras cosas) )
Si bien el MCM es una Orden Ejecutiva, promulgada por el Presidente, en realidad, gran parte de los contenidos son el resultado de decisiones de cortes militares y federales.
Una de las cosas que hace el MCM es expandir el artículo 134 en varios "artículos secundarios". Uno de estos "sub-artículos" cubre el delito de adulterio (Artículo 134, párrafo 62).
El adulterio, como una ofensa militar, es difícil de enjuiciar (legalmente) por varias razones.
Hay tres "Elementos de prueba" para la ofensa de adulterio en el ejército:
- que el acusado tuvo relaciones sexuales ilícitas con cierta persona;
- que, en ese momento, el acusado o la otra persona estaba casado con otra persona; y
- que, dadas las circunstancias, la conducta del acusado era en perjuicio del buen orden y la disciplina en las fuerzas armadas o de la naturaleza de desacreditar a las fuerzas armadas.
Elemento # 2 generalmente es bastante fácil de probar para el gobierno. Normalmente hay suficiente evidencia escrita para probar si alguien está legalmente casado o no. (Mucha gente se sorprenderá al saber que en el ejército, una sola persona puede ser acusada del delito de adulterio).
El elemento # 1 puede ser muy difícil de probar. Recuerde, una corte marcial (como un tribunal civil) requiere * prueba * más allá de una duda razonable. La prueba de las relaciones sexuales normalmente requiere fotografías, una confesión de una de las partes involucradas, un testigo ocular u otra prueba legalmente admisible. (El mero hecho de que alguien se quedó en la casa de otra persona, o incluso se acostó con ellos en la misma cama no es prueba de relaciones sexuales.
Elemento # 3, en muchos casos, puede ser el elemento más difícil de probar. El gobierno debe demostrar que la conducta del individuo tuvo un impacto negativo directo en el ejército. Esto normalmente incluiría casos de confraternización (oficial y alistado) o una relación con otro miembro del ejército, o un cónyuge militar.
Algunos de ustedes recordarán el El teniente Kelly Flynn fue el primer piloto femenino B-52 de la Fuerza Aérea. Desafortunadamente, el teniente Flynn era un oficial soltero que estaba teniendo una aventura amorosa con una civil casada. El teniente Flynn era asesorado por un Sargento Primero, y luego ordenado por su Comandante, para terminar el romance. Ella rompió con su "novio", pero luego volvieron a estar juntos y, cuando se le preguntó al respecto, el teniente Flynn mintió. Flynn fue acusado de los delitos de adulterio, dando un fa declaración oficial de la LSE, conducta impropia de un oficial y desobedecer una orden de un superior comisionado.
Entonces, ¿dónde estaba la "conexión militar" para el cargo de adulterio? Bueno, el "novio" civil era el esposo de un miembro activo de la Fuerza Aérea alistado, destinado en la misma base que el teniente Flynn. Por lo tanto, el "asunto" del teniente Flynn tuvo un impacto negativo directo en la moral de ese miembro del servicio militar (la esposa alistada es la que originalmente se quejó de las acciones inapropiadas del teniente Flynn).
Lt. Sin embargo, Flynn no se enfrentaba a un tribunal militar; se le permitió renunciar a su comisión en lugar de una corte marcial (mucha de la atención de los medios probablemente tuvo algo que ver con esta decisión de la Fuerza Aérea).
En 1998, la Administración Clinton redactó un cambio en el Manual para Tribunales Marciales, que establecía que los casos de adulterio se manejaban al nivel apropiado más bajo, y proporcionaba una guía específica para que los comandantes los utilizaran a fin de determinar si el La conducta de los miembros fue "perjudicial para el buen orden y la disciplina", o "de una naturaleza para desacreditar a las fuerzas armadas". Si bien el Presidente sí tiene la autoridad para emitir cambios al MCM, esta propuesta resultó en gritos y alaridos del Congreso y luego fue descartada.
Sin embargo, en un movimiento muy tranquilo, en 2002, el presidente Bush adoptó muchos de los cambios propuestos por el presidente Clinton. Además de los Elementos de prueba, "la sección de" Explicación "bajo esta ofensa ahora requiere que los comandantes consideren varios factores al determinar si la ofensa de" adulterio "constituye o no un delito.
Antes de discutir estos factores, es importante para comprender el papel del comandante en el proceso de justicia penal militar.En el mundo civil, si un incidente debe o no ser procesado como un delito depende del Fiscal del Distrito (DA). Por ejemplo, en la ciudad natal donde crecí, un tendero de 70 años a quien le habían robado una vez demasiadas veces, consiguió un arma y luego le disparó a un ladrón mientras el ladrón intentaba huir. Este es un "crimen" bajo la ley. No es "autodefensa", ya que el ladrón ya se estaba alejando en ese momento, y el tendero no tenía motivos para temer por su vida, en el momento en que disparó. Según la ley, el tendero podría haber sido procesado por varios delitos, que van desde la descarga ilegal de un arma de fuego dentro de los límites de la ciudad, hasta el intento de asesinato. Sin embargo, dadas las circunstancias, la fiscalía se negó a procesar. El fiscal consideró que debido a la edad del tendero, la historia de robos anteriores y el hecho afortunado de no haber golpeado a nadie, el enjuiciamiento no era lo mejor para la comunidad.
En las Fuerzas Armadas, el oficial al mando desempeña la función de la Fiscalía, previa consulta con el Juez Abogado General (JAG). No es el JAG el que decide quién es y no es enjuiciado por una ofensa en el Ejército (solo lo aconseja). Es el comandante quien toma la decisión final. Ahora eso no significa que el fiscal o el comandante tengan total autoridad arbitraria. El DA es responsable de sus decisiones con su jefe (ya sea las personas que las eligieron para el cargo o el funcionario electo que las nombró, dependiendo de dónde viva), y el comandante militar es responsable ante él / ella. jefe (comandantes de alto rango en la cadena de mando).
Se requiere que los comandantes de factores consideren
Como se mencionó anteriormente, el Manual para Tribunales Marciales ahora requiere que los comandantes consideren ciertos factores al determinar si el adulterio tiene o no un impacto negativo directo en el ejército, y debe considerarse un delito:
- El estado civil del cónyuge, rango militar, grado o posición.
- El estado civil del co-actor, rango militar, grado y posición, o relación con las fuerzas armadas.
- El estado militar del cónyuge del acusado o el cónyuge del co-actor, o su relación con las fuerzas armadas.
Si un oficial militar de alto rango como un comandante de ala o un comandante de batallón tiene una aventura, es mucho más probable que tenga un impacto negativo directo en el ejército (percepción pública) que si se trata de un doble está teniendo una aventura. Si se descubre que el presidente del Estado Mayor Conjunto (un general de 4 estrellas) tiene una aventura amorosa, probablemente sea en Fox News, CNN, y aparezca en los principales periódicos casi de inmediato. Si se atrapa al bisturí con una aventura, probablemente ni siquiera calificará una línea en el periódico local.
Si el asunto involucra a dos militares (especialmente si están en la misma unidad), es más probable que esto tenga un impacto negativo directo en las Fuerzas Armadas que si un militar tiene una aventura con un civil sin conexión con el militar.Si el asunto involucra el delito adicional de confraternización, es muy probable que esto tenga un impacto negativo directo en las Fuerzas Armadas.
- El impacto, si lo hay, de la relación adúltera sobre la capacidad del acusado, el co-actor o el cónyuge de cualquiera de realizar sus deberes en apoyo de las fuerzas armadas.
Cuando era Sargento Primero en la Base de la Fuerza Aérea Edwards, respondí una discusión interna entre dos miembros militares casados, ambos asignados a mi escuadrón. No parecía haber ningún tipo de violencia involucrada y, como ninguno de los dos estaba dispuesto a decirme exactamente de qué se trataba la discusión, decidí poner al miembro masculino en el dormitorio por un par de días, para darles un período de "enfriamiento".
A la tarde siguiente, recibí una llamada de las Fuerzas de Seguridad ("Policías" de la Fuerza Aérea), quienes respondieron que estaban respondiendo a mi dormitorio porque recibieron una llamada de que había una mujer en el estacionamiento con una escopeta, gritando . Como resultado (lo adivinaste), era el miembro femenino. Aparentemente, la causa de la discusión fue que descubrió que su esposo estaba teniendo una aventura con otro miembro militar. Desafortunadamente, ese otro miembro vivía en el mismo dormitorio donde moví al miembro masculino. La idea de que estuvieran en el mismo edificio juntos la hizo "chasquear". Ella salió (con una escopeta) buscándolos (afortunadamente, ella nunca los encontró, y la escopeta no estaba cargada). En cualquier caso, es seguro decir que el asunto adúltero del miembro masculino tuvo un impacto directo en la capacidad del miembro femenino para realizar sus deberes.
- El uso indebido, si lo hay, del tiempo y los recursos del gobierno para facilitar la comisión de la conducta.
Una vez (nuevamente en la Base Edwards de la Fuerza Aérea), recibí a las 10: 00 p. metro. llamada telefónica de un cónyuge molesto de uno de los miembros asignados a mi escuadrón. Ella dijo que creía que su marido estaba teniendo una aventura amorosa, así que lo siguió esa noche mientras iba a la bolera de la base, recogió a una mujer joven y luego fue al edificio del escuadrón.
Manejé hasta el escuadrón y fui a la sección de deber del miembro. Usando mi llave maestra, abrí la puerta silenciosamente y, bueno, ya entiendo la imagen. Obviamente, la elección de la ubicación de este miembro para llevar a cabo sus actividades adúlteras fue una clara violación de este estándar en particular.
- Si la conducta persistió a pesar de asesoramiento u órdenes para desistir; la flagrancia de la conducta, como si hubo notoriedad; y si el acto adúltero fue acompañado por otras violaciones del UCMJ.
En la gran mayoría de los casos, si un comandante recibe información de que un miembro está, o podría estar, involucrado en una aventura adúltera, el comandante intenta resolver la situación aconsejando al miembro. En algunos casos, el asesoramiento se acompaña de una orden legal para desistir de cualquier asunto adúltero. Si el miembro cumple entonces, ese es generalmente el final del asunto. Recordemos el caso del teniente Kelly Flynn: el Sargento Primero y el comandante intentaron resolver la situación con un asesoramiento y una orden para terminar la relación.Si el teniente Flynn hubiera cumplido, ella podría ser un oficial de alto rango en la Fuerza Aérea hasta hoy. Pero desobedeció la orden, violando el artículo 90 de la UCMJ, y luego mintió al respecto, en violación del artículo 107.
- El impacto negativo de la conducta en las unidades u organizaciones del acusado, el co-actor o el cónyuge de cualquiera de ellos, como un efecto perjudicial sobre la moral de la unidad o la organización, el trabajo en equipo y la eficiencia.
Un asunto adúltero tranquilo que nadie conoce probablemente no vaya a tener un impacto negativo en la (s) unidad (es) de las partes involucradas. Por otro lado, si "todos" en la unidad "saben" al respecto (como cualquier "asunto de oficina"), puede causar tensión y resentimiento dentro de la unidad.
Una vez, mientras estaba asignado como Primer Sargento a un escuadrón F-15 de la Fuerza Aérea en la Base Aérea Bitburg en Alemania, nuestro escuadrón fue enviado TDY (Servicio Temporal) por dos semanas a la Base Aérea Nellis (Las Vegas) para participar en un ejercicio anual de "Bandera Roja". Aproximadamente a la mitad del TDY, me enteré del rumor de que en una fiesta fuera de la base el viernes por la noche, se vio a cierta operadora de operaciones de dos stripers y a un cierto piloto casado (comisionado) bailando bastante "caliente y pesado "en un rincón del bar donde se produjo la fiesta." Todo el mundo sabía "lo que probablemente pasó esa noche cuando la pareja se fue del bar.
Cuando escuché el rumor, informé al comandante, y él asesoró al piloto, mientras tenía una conversación con el miembro alistado. No teníamos "pruebas" de que las relaciones sexuales tuvieran lugar, pero queríamos cortar la situación de raíz. Para todos los indicios, la aventura (si la hubo) finalizó inmediatamente. Sin embargo, cuando regresamos a nuestra base de operaciones, los rumores persistieron. Si el dos-striper sonrió al piloto cuando él pasó, los pasillos estaban llenos de susurros. Si parecía que el piloto pasaba demasiado tiempo en el mostrador de servicio (donde trabajaba el aviador) revisando el horario de vuelo diario, los susurros comenzarían de nuevo.
Un día, los susurros llegaron a los oídos de la esposa del piloto y ella transmitió el rumor al comandante del ala (sin embargo, ella ciertamente no "susurró"). Ahí es cuando todas las cosas golpean al fanático proverbial. Si bien el delito de "adulterio" no fue acusado (no hay forma de probar que se había producido una relación sexual real), el piloto recibió un Artículo 15 por confraternización (conducta inapropiada con un miembro alistado), lo que prácticamente terminó su carrera. El miembro alistado pidió tranquilamente la aprobación de la gestión, y fue aprobado fácilmente (recibió una aprobación "general").
- Si el acusado o co-actor estaba legalmente separado; y
- Si la mala conducta adúltera implica una relación actual o reciente o si es remota en el tiempo.
En la mayoría de los casos, los comandantes no van a preocuparse por las relaciones sexuales que suceden después de que un miembro se separe legalmente de su cónyuge, a menos que sea un asunto que implique algún otro impacto negativo directo en las Fuerzas Armadas, tales como confraternización. Además, los comandantes no estarán preocupados por las acusaciones de que un miembro tuvo una aventura adúltera en algún momento del pasado.
Lo que todo esto significa es que muchos incidentes de "adulterio" pueden no considerarse un "delito" punible en el ejército, a menos que el comandante determine que hay algún tipo de impacto directo negativo en el propio ejército. En otros casos, el asunto se resuelve mejor en un tribunal civil (de divorcio), tal como lo es para los civiles.
En el mundo civil, es fácil encontrar DA que son "más duros" para enjuiciar ciertos tipos de crímenes en una jurisdicción que en otra. Por ejemplo, es probable que los DA en Nebraska traten la posesión de marihuana con una visión más dura que las DA en California. En las Fuerzas Armadas, los comandantes en diferentes órdenes también suelen diferir cuando se consideran las condiciones anteriores. Algunos comandantes pueden dar a las condiciones una visión más liberal que otras. Además, muchas personas en las Fuerzas Armadas (incluyendo muchos oficiales al mando), sienten que, como el adulterio no es un delito en la vida civil (es manejado por los tribunales de divorcio, no por los tribunales penales), así debe ser en el Ejército.
En mi experiencia, el adulterio casi nunca se imputa como un delito penal "independiente" en el Artículo 15 o acciones de la Corte Marcial. Generalmente se agrega a la lista de cargos, solo si el miembro ya va a ser procesado por uno o más delitos criminales. Por ejemplo, si el comandante decidió enjuiciar a un miembro militar casado por el delito de escribir cheques sin fondos, y la investigación reveló que el miembro escribió los cheques para pagar una habitación de hotel para tener una aventura con alguien, el comandante puede decidir "tachuela" una acusación de adulterio a la lista de cargos por cheques sin fondos.
Esto no significa, sin embargo, que los miembros del ejército tengan la libertad de coquetear con quien quieran. Los comandantes tienen mucha discreción cuando se trata de procedimientos administrativos, y las acciones administrativas (como reprimendas, denegaciones de promociones, comentarios de informes de desempeño, etc.) no se rigen por los requisitos legales relativamente estrictos del UCMJ o Manual para Tribunales Marciales .
Cuando el asunto se resuelve utilizando los procedimientos del Artículo 15 o las sanciones administrativas, las acciones están protegidas por la Ley de Privacidad de 1974. Es solo cuestión de registro público si el miembro es castigado por Courts-Martial. Según la Ley de Privacidad, los oficiales al mando están prohibidos, por ley federal, a divulgar cualquier Artículo 15 o acción administrativa, sin el consentimiento expreso y por escrito del miembro Militar. Por lo tanto, es completamente posible que el miembro sea "castigado" por cometer adulterio, y el cónyuge denunciante nunca lo sabrá.
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