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El sistema de pago de jubilación militar solía ser fácil de entender: ingresó en 20 años y obtuvo el 50 por ciento de su salario base inmediatamente después de la jubilación. Has acumulado más de 20 años y obtuviste un 2. 5 por ciento más por cada año de servicio activo después de 20 años (hasta un 75 por ciento).
Durante el retiro, el Congreso decidió que el pago por jubilación militar era demasiado simple y decidió complicarlo. El Congreso comenzó con pequeños cambios, moviendo la asignación anual por el costo de la vida al 1 de enero, en lugar del 1 de octubre, pero luego se puso serio y buscó cambios importantes.
Estos son algunos conceptos básicos del sistema de pago de jubilación militar que debe tener en cuenta:
Para los miembros de la Marina y del Cuerpo de Marines, se lo considera un "miembro jubilado" para fines de clasificación si usted es un miembro alistado con más de 30 años de servicio, o una orden o un oficial encargado.
Miembros de la Marina y del Cuerpo de Marines alistados con menos de 30 años de servicio son transferidos a la Reserva de la Flota / Flota de la Reserva de Infantería de Marina y su paga se conoce como "pago de retención".
Los miembros de la Fuerza Aérea y el Ejército con más de 20 años de servicio están clasificados como retirados y reciben un pago por jubilación.
Cuando un miembro de la Marina o la Infantería de Marina completa 30 años, incluido el tiempo en las listas retiradas que reciben el pago de retenedor, el estado de la Reserva de la Flota cambia a estado de jubilado, y comienzan a recibir el pago jubilado.
No te confundas Lo anterior es solo con fines informativos. La ley trata que el pago y el retenedor jubilados paguen exactamente de la misma manera.
El pago de jubilación militar es diferente a los sistemas de pago de jubilación civil. Primero y principal, no hay "vesting" en el sistema de retiro militar. No hay cuentas de jubilación especiales, ninguna provisión de fondos de contrapartida, ningún interés. Usted califica para la jubilación si cumple honorablemente más de 20 años en el servicio militar, o no.
Si es dado de baja del ejército con 19 años, 11 meses y 27 días de servicio, por ejemplo, no califica para el pago de jubilación (aparte de algunos programas de "jubilación anticipada", que fueron diseñados para reducir la tamaño de las fuerzas armadas).
Otra diferencia significativa entre la jubilación militar y la jubilación civil es que un miembro militar retirado puede ser llamado al servicio activo. De acuerdo con la Directiva 1352 del Departamento de Defensa (DOD) 1:
- Orden involuntaria a servicio activo. El Secretario de un Departamento Militar puede ordenar al miembro activo retirado, miembro de la Reserva retirado que haya completado al menos 20 años de servicio militar activo o un miembro de la Reserva de la Flota o la Flota de la Infantería de Marina al servicio activo sin el consentimiento del miembro en cualquier momento para realizar los deberes que se consideren necesarios en interés de la defensa nacional de acuerdo con 10 U.S.C. 683 (referencia (b)). Esto incluye la autoridad para ordenar a un miembro retirado que está sujeto al Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) que se encuentre en servicio activo para facilitar el ejercicio de la jurisdicción de consejo de guerra bajo la Sección 302 (a) de la referencia (b). Un miembro retirado no puede ser obligado involuntariamente al servicio activo únicamente para obtener la jurisdicción de corte marcial sobre el miembro.
Honestamente, sin embargo, las posibilidades de que un militar retirado sea llamado al servicio activo después de los 60 años o que haya estado retirado por más de cinco años, son escasas. El DOD clasifica a los jubilados en tres categorías, con la categoría I como la más probable de ser llamada al servicio activo, y la categoría III como la menos probable. Las personas mayores de 60 años están en la categoría III, que es la misma categoría que las personas con discapacidades. La retirada de retiros de categoría III es extremadamente improbable. De acuerdo con el Departamento de Defensa, las categorías son:
- Categoría I. Retirados del servicio militar no discapacitados menores de 60 años que hayan estado jubilados menos de 5 años. E1. 1. 3. 2.
- Categoría II. Jubilados militares no convertibles menores de 60 años que se hayan jubilado 5 años o más.
- Categoría III. Jubilados militares, incluidos aquellos jubilados por discapacidad, que no sean jubilados de las categorías I o II (incluye oficiales de guardia y profesionales de la salud que se jubilen del servicio activo después de los 60 años).
Cálculo de pago
Para los miembros que ingresaron en servicio activo o antes del 8 de septiembre de 1980, los montos de pago por jubilación se determinan multiplicando su factor de servicio (normalmente denominado su "multiplicador") por su salario de base activa en el tiempo de retiro
Si ingresó en servicio activo después del 8 de septiembre de 1980, el salario base es el promedio de los 36 meses más altos de pago base de servicio activo recibido. Además, su ajuste inicial (primero) del costo de la vida se reducirá en un 1 por ciento.
El "multiplicador" para los dos planes anteriores es 2. 5% (hasta un máximo de 75%). Por ejemplo, una persona que entró en servicio activo el 8 de septiembre de 1980 o antes, y pasó 22 años en servicio activo, recibiría el 55% de su salario base como salario de jubilación o retribución. Una persona que ingresó en servicio activo después del 8 de septiembre de 1980 y pasó 22 años en servicio activo, recibiría el 55% del promedio de los 36 meses más altos de sueldo base de servicio activo.
Nota muy importante: una disposición poco conocida de la ley, modificada en 1980, establece que si usted es un oficial comisionado o un alistado con un servicio anterior encargado, debe tener al menos 10 años de servicio por encargo para retirarse en su rango comisionado. Si tiene menos de 10 años de servicio por encargo y se jubila voluntariamente, se retira en su rango de alistado, y solo los 36 meses más altos de cargos de base activa enrolados para el cómputo de jubilación. El Secretario de Servicio puede renunciar a esto por 8 años. Nota: La autoridad de exención secretarial expiró el 31 de diciembre de 2001.
En caso de que las cosas no sean lo suficientemente confusas, existe un tercer sistema de jubilación para las personas que se unieron al ejército a partir del 1 de agosto de 1986.
Se requiere que estos individuos tomen una decisión en el momento de 15 años de su carrera. Pueden elegir participar en el mismo programa de jubilación anterior, o pueden elegir recibir un bono monetario inmediato ($ 30,000) y seleccionar el sistema "REDUX".
Si eligen el sistema "REDUX", el factor se determina tomando un 2 ½ por ciento de sus años de servicio, luego reduzca ese factor en un punto porcentual por cada año en menos de 30 años. Usando los mismos ejemplos, como se mencionó anteriormente, una persona con 22 años de servicio activo se retiraría al 47 por ciento del promedio de los 36 meses de salario base más altos. El "REDUX" finaliza a los 62 años, y el individuo comienza a recibir su pago de jubilación "normal".
Además, las personas que elijan "REDUX" tendrán un subsidio por costo de vida anual reducido en 1 por ciento. Sin embargo, a los 62 años, esos puntos porcentuales se agregan nuevamente a la paga jubilada.
Para todos los planes, los años de servicio incluyen crédito por cada mes completo de servicio como una doceava parte del año. "Años de servicio" para oficiales incluye todo el servicio activo, períodos de servicio de reserva inactivos antes del 1 de junio de 1958, Tiempo de servicio activo ROTC antes del 13 de octubre de 1964, crédito de servicio constructivo para cuerpo médico y dental y simulacros realizados en la reserva inactiva después del 31 de mayo de 1958. "Años de servicio" para reservistas de flota y todas las demás jubilaciones incluidas incluyen todos los activos servicio, servicio activo para entrenamiento realizado después del 9 de agosto de 1956, cualquier servicio constructivo obtenido para un alistamiento de minorías o de corto plazo completado antes del 31 de diciembre de 1977, e incluye simulacros realizados en las Reservas Activas.
Solo para confundirte un poco más, tu pago se calculará de acuerdo con las disposiciones de la Enmienda Tower si se aplica a tu situación. The Tower Amendment se promulgó para garantizar que usted no reciba una cantidad menor de sueldo jubilado que la que hubiera recibido si se hubiese jubilado en una fecha anterior, debido a un ajuste reciente por el costo de vida (COL) pagado por jubilación. En el pasado, ha habido ocasiones en que el COL jubilado excedió el aumento salarial militar anual, lo que hubiera resultado en más pago, había retirado al miembro antes de la fecha del COL. La fecha de elegibilidad de Tower generalmente es el día anterior a la fecha de entrada en vigencia de un aumento salarial de servicio activo. El pago de la torre se calcula utilizando las tasas de pago de servicio activo vigentes en esa fecha, su rango / tasa en esa fecha, el servicio total acumulado en esa fecha y todos los aumentos de costo de vida aplicables.
Por ejemplo, asuma un miembro en el rango de E-8 con 22 años, 7 meses de servicio el 30 de junio de 2000. El sueldo del miembro se computaría de la siguiente manera:
- 2 1/2% x 22. 58 años = 56. 45%. 56. 45% x $ 3, 119. 40 (1 de enero de 2000 tasa de servicio activo para un E-8 de más de 22 años) = $ 1, 760. 90 = $ 1, 760. 00
Ya que el E-8 era elegible para jubilarse el 31 de diciembre de 1999, el DFAS también computaría el derecho a partir de esa fecha.
El E-8 tiene 22 años, 1 mes de servicio al 31 de diciembre de 1999.El pago se calculará de la siguiente manera:
- 2 1/2% x 22. 08 = 55. 20% 55. 20% x $ 2, 976. 60 (1/1/99 tarifa de servicio activo para un E-8 durante 21 años) = $ 1, 643. 00 + 2% (aumento de COL) = $ 1675. 00
En esta situación, por lo tanto, este jubilado recibiría un pago mensual de retención de $ 1791. 00 ya que los cálculos de Tower Amendment no son más beneficiosos que el cálculo de pago actual.
Solo para información, por ley, todo el pago de jubilación militar se redondea al dólar más cercano.
Retiro por incapacidad
Si se determina que usted no está en condiciones físicas para continuar el servicio militar y cumple con ciertos estándares especificados por la ley, se le otorgará una jubilación por discapacidad.
Los miembros militares con 20 o más años de servicio activo (elegibles para la jubilación por servicio) pueden jubilarse, independientemente del nivel de discapacidad porcentual, si se los considera no aptos y se los retira debido a una discapacidad física. Las personas con menos de 20 años de servicio activo en el momento en que son retiradas del servicio por motivo de discapacidad física pueden ser separadas o retiradas, de acuerdo con lo siguiente:
Si tiene una discapacidad que está calificada por la discapacidad militar sistema de evaluación al 20% o menos, usted puede ser dado de alta (lo más probable es con indemnización por despido, a menos que la condición existiera antes del servicio y no se haya agravado permanentemente por el servicio o se trate de una mala conducta). Aquellos que están separados por discapacidad pueden ser elegibles para una compensación mensual por discapacidad de la Administración de Veteranos (VA).
Si la afección tiene una calificación igual o superior al 30% y se cumplen otras condiciones, se considerará discapacitado retirado.
Su jubilación por incapacidad puede ser temporal o permanente . Si es temporal, su estado debe resolverse dentro de un período de cinco años.
El monto de su pago por incapacidad jubilada se determina por uno de tres métodos:
- El primer método es multiplicar por su salario base o promedio de los 36 meses más altos de pago por servicio activo en el momento de la jubilación por el porcentaje de la discapacidad que se ha asignado. Sin embargo, el porcentaje mínimo para jubilados por incapacidad temporal será igual al 50%. El porcentaje máximo para cualquier tipo de jubilación es del 75%.
- El segundo método es multiplicar solo sus años de servicio activo en el momento de su jubilación en un 2. 5% por su salario base o el promedio de los 36 meses más altos de pago por servicio activo en el momento de la jubilación.
- El tercer método se aplica a usted si era elegible para jubilarse / transferir bajo cualquier otra ley. DFAS calculará sus derechos utilizando los dos métodos anteriores y utilizará el que resulte en la mayor cantidad de pago jubilado. Si desea que se use otro método, puede solicitar (por escrito) que se use el otro método.
La diferencia entre la discapacidad temporal y permanente es la estabilidad de la condición médica. Si el PEB considera que su condición es "estable", recomendarán que se lo incluya en la TDRL (lista de jubilación por incapacidad temporal).Cuando está en el TDRL, está sujeto a una reevaluación cada 18 meses y está limitado a un máximo de 5 años en el TDRL. En el punto de 5 años, si no antes durante una reevaluación, se lo retira del TDRL y se lo encuentra en buen estado; permanentemente retirado; o dados de alta con indemnización por despido.
Si el 24 de septiembre de 1975, usted era miembro de una Fuerza Armada o tenía un compromiso escrito vinculante para convertirse en miembro y es dado de baja / retirado por discapacidad por el sistema de evaluación de discapacidad MILITAR (no VA), su el pago de jubilación no puede ser gravado. De lo contrario, para una jubilación libre de impuestos, tendría que tener una discapacidad relacionada con el combate. Si pasa por el sistema de evaluación de discapacidad del VA y le otorgan una compensación por discapacidad, no se le aplicarán impuestos, independientemente de si estuvo o no en el servicio el 24 de septiembre de 75.
Indemnización por discapacidad de la Administración de Veteranos (VA)
No confunda la remuneración por incapacidad del VA con el pago de la jubilación por incapacidad militar. Son dos animales separados. El VA utiliza estándares completamente diferentes para determinar la discapacidad relacionada con el servicio que los militares usan para su sistema de jubilación por discapacidad.
Todos los miembros que se jubilan y creen que tienen una discapacidad relacionada con el servicio pueden solicitar los beneficios del VA antes o después de la jubilación. (En algunos casos, antes de la jubilación, las oficinas de personal militar incluso pueden ayudarlo a solicitarla). Si es elegible, se establece una discapacidad relacionada con el servicio. Si bien se le exige que renuncie al pago militar de jubilación en una proporción de $ 1 a $ 1 para recibir el pago por discapacidad del VA, los siguientes beneficios se acumulan como resultado de la compensación del VA:
- La indemnización del VA no es tributable
- La discapacidad aprobada del VA le otorga ingreso prioritario a los hospitales VA para recibir tratamiento médico para su discapacidad
- Las instalaciones ambulatorias de VA están disponibles para el tratamiento de su discapacidad
- Si usted muere como resultado de la discapacidad relacionada con el servicio, su cónyuge sobreviviente es elegible para Compensación de Dependencia e Indemnización (DIC) de VA
- Incluso una calificación por VA de 0% (aunque no de beneficio monetario) documenta su condición física como relacionada con el servicio.
- Una calificación de VA del 30% o superior le permite recibir asignaciones libres de impuestos adicionales para sus dependientes.
- El costo anual de la vida aumenta a su monto de compensación.
- Se puede aumentar el porcentaje de discapacidad del VA (y la compensación del VA), en función de una solicitud y aprobación de la reevaluación, lo que resulta en una mayor compensación libre de impuestos.
- Posibilidad de comprar hasta $ 10,000 de National Service Life Insurance sin un examen físico. Si se le otorga una compensación de VA, el monto bruto de la compensación se deduce de su salario retirado.
El VA informa a DFAS - Cleveland Center de todos los cambios en los montos de compensación del VA. Sin embargo, si el monto de su compensación de VA no coincide con el monto deducido de su cheque de pago retirado, debe notificar inmediatamente al DFAS - Cleveland Center y VA para resolver la discrepancia.
IMPORTANTE: el Contralor General ha dictaminado que usted será responsable de cualquier pago en exceso, incluso si es el resultado de un error administrativo.
Compensación especial para discapacitados graves
Según una nueva ley, ciertos jubilados con discapacidad grave de los servicios uniformes que tienen una calificación de discapacidad según lo informado por el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) tienen derecho a una compensación especial. La compensación especial se paga por ese mes de acuerdo con el siguiente calendario:
- 70% u 80% = $ 100. 00
- 90% = $ 200. 00
- 100% = $ 300. 00
Debe cumplir con los siguientes requisitos para tener derecho a una compensación especial por discapacitados graves:
- NO está retirado del servicio militar por una discapacidad.
- Estás jubilado y en las nóminas retiradas. Los miembros retirados del mercado por más de 30 días en servicio activo no están jubilados.
- Tiene 20 o más años de servicio con el fin de calcular el pago de jubilación. Un reservista debe tener 7, 200 o más puntos para calificar.
- La calificación de VA para discapacidad de m70% o superior se debe otorgar dentro de los 4 años posteriores a la jubilación.
- La calificación de VA debe ser del 70% o más para cada mes. Si la calificación cae por debajo del 70% en cualquier mes dado, entonces el jubilado no tiene derecho a compensación especial por ese mes.
Cuándo / Cómo se le paga $ A diferencia del pago de servicio activo, el pago de jubilado / retenedor solo se paga una vez al mes. El pago neto retirado / retenedor debe enviarse a su institución financiera mediante Depósito Directo, a menos que resida en un país extranjero, cuyo Depósito Directo no esté disponible. Su pago jubilado se depositará en su cuenta el primer día hábil del mes siguiente al final del mes.
Su primer pago para el pago de jubilación normalmente llegará 30 días después de su liberación del servicio activo o, el primer día hábil del mes siguiente al primer mes de pago. En un correo separado, recibirá una carta que le mostrará cómo se computó su pago. Esto incluirá sus deducciones para SBP, el impuesto a la renta federal / estatal y las adjudicaciones.
Después de jubilarse, deberá notificar al Servicio de Finanzas y Contabilidad de Defensa (DFAS) cada vez que cambie su institución financiera. No cierre su cuenta bancaria anterior hasta que reciba el primer depósito en la nueva institución financiera.
Empleo en el extranjero
Cualquier solicitante que acepte empleo con un gobierno extranjero sin aprobación está sujeto a que se le retenga el salario de reserva o retirado por el período de empleo no autorizado.
Si está jubilado y tiene pensado trabajar para un gobierno extranjero, debe obtener la aprobación del Secretario del servicio correspondiente y del Secretario de Estado. Para obtener más información, comuníquese con:
Navy -
- La Oficina del Abogado General del Juez, 200 Stovall Street, Alexandria, VA 22332-2100. Fuerza Aérea -
- HQ AFMPC / DPMARR3, 550 C Street West, Suite 11, Randolph AFB TX 78150-4713. Marine -
- HQMC (MMSR-6), 2 Navy Annex, Washington, D. C. 20380-1775 o llame al 1-800-336-4629 si tiene alguna pregunta. Ejército -
- Comando del personal de reserva del ejército de los EE. UU., A la atención de: ARPC-SFR-SCI, 1 vía de la reserva, St.Louis, MO 63132-5200. Jubilación del Servicio Civil Federal
Si se jubila del ejército y se jubila / jubila del Servicio Civil Federal, puede optar por renunciar a su pago retirado militar para incluir su servicio militar en el cálculo de su anualidad de servicio civil. . (Lo cual, dependiendo de las circunstancias, puede valer la pena económicamente). Sin embargo, para los reservistas retirados, esto es cierto solo si usted está jubilado por años de servicio o jubilado por discapacidad. Si tiene edad jubilada (60 años), entonces no hay exención o compensación (un "vacío" técnico en la ley). Si decide hacerlo, debe notificar a DFAS, por escrito, al menos 60 días antes de su fecha prevista de jubilación civil. Se sugiere que se contacte con la oficina de personal civil antes de enviar su solicitud de exención para asegurarse de que conoce todas las opciones disponibles.
Si elige la cobertura de sobreviviente de su anualidad de servicio civil, su participación en el SBP militar se suspenderá mientras reciba la anualidad de servicio civil. Si desea conservar el SBP militar, puede hacerlo, pero luego debe rechazar la anualidad de sobreviviente de la Oficina de Administración de Personal. Si su pago está sujeto a la distribución ordenada por el tribunal, debe autorizar una asignación por un monto igual a la distribución, a fin de incluir el servicio militar en el cálculo de anualidades del servicio civil.
Impuestos
En la mayoría de los casos, el pago por jubilación está sujeto a impuestos. La cantidad de ingresos gravables se reduce por los costos SBP y cualquier exención para la compensación del VA o la deducción por la doble remuneración (empleo del servicio civil federal). El monto deducido de su pago por el impuesto de retención federal se basa en la cantidad de exenciones que indique en su formulario de datos de pago o su formulario W-4 después de la jubilación.
Para cambiar su estado de retención fiscal o para solicitar una retención adicional después de la jubilación:
Debe enviar un Formulario W-4 del IRS a DFAS - Cleveland Center.
- Utilizar autoservicio para miembros del empleado (ver sitio web del DFAS)
- Los jubilados de la Fuerza Aérea pueden visitar su Oficina local de servicios financieros o la Base de la Fuerza Aérea para cambiar su información de retención de impuestos federales sobre la renta. Algunos Destacamentos de Apoyo de Personal de la Marina (PSD) y las Oficinas de Servicio de Retiro del Ejército (RSO) también ofrecen este servicio.
- Los pagos de jubilación por incapacidad (no invalidez del VA) están sujetos a impuestos para los miembros con servicio militar total después del 24 de septiembre de 1975 o que estuvieron en el servicio antes de esta fecha pero que no estaban en servicio militar activo o comprometidos por escrito un miembro de los servicios armados el 24 de septiembre de 1975.
Los pagos de jubilación por incapacidad no son sujetos a impuestos para aquellos miembros con servicio militar o compromiso obligatorio por escrito para convertirse en miembro de las fuerzas armadas el 24 de septiembre de 1975 o miembros cuya discapacidad ha sido considerado como relacionado con el combate, independientemente de su servicio militar activo.
Si su jubilación por discapacidad se calcula según el segundo método (consulte más arriba), solo la parte de su sueldo que se habría recibido según el porcentaje real del cálculo de la discapacidad no es tributable. El importe de la renta imponible puede reducirse aún más por cualquier Costo SBP y deducción por compensación doble (empleo federal).
Si su jubilación por discapacidad estuvo relacionada con el combate, no está sujeto a las disposiciones de compensación dual. Si, después de la jubilación, renuncia a una parte de su pago a favor de la compensación de VA, su ingreso imponible se reducirá en la cantidad de la compensación de VA o la cantidad de porcentaje de cálculo de la discapacidad, el que sea mayor.
La retención de impuestos estatales es voluntaria y debe expresarse en cantidades de dólares enteros. $ 10. 00 es el monto mensual mínimo. Antes de hacer su pedido por escrito, debe comunicarse con la autoridad impositiva en el estado en el que estableció su residencia para determinar si debe pagar el impuesto estatal sobre la renta.
Si es un jubilado de la Fuerza Aérea, su Oficina local de Servicios Financieros en la Base de la Fuerza Aérea. Algunos Destacamentos de Apoyo de Personal de la Armada (PSD) y las Oficinas de Servicio de Retiro del Ejército (RSO) pueden ajustar su información de retención de impuestos estatales. El personal de la Marina debe consultar con su PSD local para ver si este servicio está disponible.
El pago de jubilado / retenedor no está sujeto a deducciones de FICA (Seguro Social), ni se reduce su salario retirado cuando tiene derecho a los pagos de la seguridad social.
Embargos / Retenciones
A diferencia del pago por servicio activo, el pago militar jubilado / retenedor no puede embargarse para deudas comerciales (es decir, tarjetas de crédito, préstamos de automóviles, etc.). El pago por jubilación militar puede ser embargado para pensión alimenticia, manutención infantil , Gravámenes impositivos del IRS y deudas con el gobierno (es decir, préstamos estudiantiles, morosidad por pagos diferidos PX / BX, incumplimiento de pagos del Oficial / NCO Club, etc.)
Además, según las disposiciones de la Ley de protección del cónyuge anterior de servicios uniformados ( USFSPA), los tribunales estatales
* pueden * tratar el pago retirado militar como propiedad conjunta entre el miembro y el cónyuge durante el proceso de divorcio. Contacto con DFAS
Una vez jubilado, es importante que mantenga a DFAS informado de cualquier cambio en su cuenta. Número gratuito. El número de teléfono gratuito que se puede usar para cualquier llamada realizada dentro de los Estados Unidos continentales, incluidos Alaska y Hawai, es 1-800-321-1080. El número comercial para llamadas realizadas desde fuera de estas áreas es (216) 522-5955 o DSN 580-5955. Todas las líneas telefónicas cuentan con personal de lunes a viernes de 7:00 a. metro. - 7: 30 p. metro. , Hora del este. Los números anteriores se pueden usar para preguntas generales sobre su cuenta y notificaciones, como un cambio de dirección. Debe firmar solicitudes que impliquen cambios monetarios. Por lo tanto, este tipo de cambio no se puede manejar por teléfono. Si el cambio monetario evitará un pago en exceso para usted, se hará una excepción a esta regla.
Dirección postal DFAS. La dirección que se debe usar para las solicitudes de cambios monetarios es:
Servicio de Finanzas y Contabilidad de Defensa, Operaciones de Pagos Jubiladas del Cleveland Center (Código PPR), PO Box 99191, Cleveland OH 44199-1126 6.
También puede visitar el sitio web de DFAS en // www. dfas. mil
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