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Para aquellos que han sufrido la pérdida de un cónyuge, existe un estado civil especial diseñado para aliviar la carga financiera de la familia afligida.
Por el año en que fallece el cónyuge, el cónyuge sobreviviente puede optar por presentar una declaración conjuntamente con su cónyuge fallecido o presentar una declaración por separado. En los dos años siguientes, el cónyuge supérstite puede usar el estado civil para la declaración Viuda / Viuda con hijo dependiente que califica si también mantienen un hogar para un hijo o hija.
Las ventajas de la viuda / viudo que reúne los requisitos con el estado de la declaración de hijo dependiente
Hay dos beneficios principales del estado de viuda / viudo elegible.
- La cantidad de deducción estándar es la misma que para las parejas casadas que presentan una declaración conjunta.
- Las llaves de impuestos son exactamente las mismas que para las parejas casadas que presentan una declaración conjunta.
Esto proporciona a las viudas y viudos que califiquen con un período de dos años para la transición de su condición de contribuyentes conjuntos a su nuevo estado como solteros.
La tabla a continuación muestra las tasas impositivas que se aplican a Viudas y viudos elegibles para el año 2017.
Tasas de impuestos ordinarios 2017 para el estado de la declaración de viudez o viuda elegible
| ||||||||
Si la renta imponible es | a | b | c | d | e | f | g | |
por encima de | pero no más de | Ingresos imponibles | Menos | Reste (b) de (a) | Cantidad de multiplicación | Multiplique (c) por (d) | Monto adicional | Agregue (e) y (f) |
$ 0 | $ 18, 650 | $ 0 | × 10% | $ 0 | ||||
18, 650 | 75, 900 | 18, 650 | × 15% | 1, 865. 00 | ||||
75, 900 | 153, 100 | > 75, 900 | × 25% | 10, 452. 50 | 153, 100 | |||
233, 350 | 153, 100 > | × 28% | 29, 752. 50 | 233, 350 | 416, 700 | |||
233, 350 | × 33 % | 52, 222. 50 | 416, 700 | 470, 700 | ||||
416, 700 | × 35% | > 112, 728. 00 | 470, 700 | - | ||||
470, 700 | × 39. 6% | 131, 628. 00 | Criterios para viudo / viuda con estado de hijo dependiente | Los cuatro criterios para ser elegible para este fil estado: |
El contribuyente era elegible para presentar una declaración conjunta con su cónyuge por el año en que falleció el cónyuge, ya sea que se haya presentado o no una declaración conjunta.
El cónyuge del contribuyente murió durante cualquiera de los dos años fiscales inmediatamente anteriores.
El contribuyente no se volvió a casar durante el año fiscal.
- El contribuyente mantiene un hogar para al menos un dependiente que sea hijo, hija, hijastro o hijastra, ya sea por parentesco o por adopción.Este dependiente reside con el contribuyente durante todo el año fiscal, excepto por las ausencias temporales.
- Regla de dos años para el estado de viudo / viuda elegible
- Un cónyuge supérstite puede ser elegible para el estado de viudo / viuda elegible durante los dos años posteriores al año en que falleció su cónyuge.
- Por ejemplo,
supongamos que un cónyuge fallece en 2017. El cónyuge sobreviviente puede presentar una declaración conjunta con su cónyuge fallecido por el año de la muerte (2017). Durante los próximos dos años (2018 y 2019), el cónyuge supérstite puede presentar una declaración utilizando el estado de viudo / viuda elegible. Después (año 2020 y posterior), la persona tendría que elegir otro estado civil para efectos de la declaración, como el hogar individual o principal, según sus circunstancias.
Tipos de dependientes que califican a un contribuyente para el estado de viudo / viuda elegible
El cónyuge sobreviviente debe ser elegible para reclamar a su hijo o hija, hijastro o hijastra como dependiente. Esto es cierto ya sea que el niño esté relacionado por sangre o adopción. Aunque los niños de crianza no están incluidos en la definición, ni ningún otro tipo de dependiente, eso no significa que un cónyuge sobreviviente no pueda reclamar estos otros tipos de dependientes. Lo que estamos viendo es si un contribuyente es elegible para el estado civil para la viuda elegible / viudo.
Mantenimiento de una casa para un hijo dependiente
Para ser elegible para el estado civil para la viuda elegible / viudo, el contribuyente necesita mantener un hogar para un hijo o hija o hijastro o hijastra. Mantener un hogar significa que el contribuyente proporcionó más de la mitad del costo de mantener el hogar. Los costos de mantener un hogar incluyen pagos de alquiler o hipoteca, impuestos a la propiedad, servicios públicos y comestibles.
Además, el niño necesitaría residir en el mismo hogar que el contribuyente durante todo el año, a excepción de las ausencias temporales. Las ausencias temporales tales como enfermedad, educación, negocios, vacaciones o servicio militar no descalificarán a un contribuyente para el estado de viudo / viuda elegible. Como señala el IRS, "debe ser razonable suponer que la persona ausente regresará a su hogar después de la ausencia temporal.
Debe continuar manteniendo el hogar durante la ausencia" (de la Publicación 501).
Lectura adicional
Sección 2 (a) del Código de Rentas Internas, que define a los cónyuges sobrevivientes; ver también las Regulaciones del Tesoro relacionadas, sección 1. 2-2.
Publicación 501, Exenciones, Deducción estándar e Información de presentación, especialmente la sección sobre viuda (es) elegible (s) con hijo dependiente.
Publicación 17, Su impuesto federal sobre la renta, especialmente las secciones sobre el cónyuge fallecido durante el año y la viuda (er) elegible con hijo dependiente.
- J. El impuesto a la renta de K. Lasser, capítulos 1. 10 y 1. 11.
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