Video: Firman protocolo de exención de servicio militar a víctmas del conflicto 2025
Al igual que con los otros servicios, el Cuerpo de Marines de los Estados Unidos y la Marina de los Estados Unidos examinan a los solicitantes de "calificaciones morales" (antecedentes penales). Esto se hace:
a. Para evitar el alistamiento de personas cuyos hábitos sociales, como el robo, el incendio provocado, la resistencia a la autoridad, etc., son una amenaza para la unidad moral y la cohesión.
b. Detectar personas que probablemente se convertirían en serios problemas disciplinarios en la Marina y la Infantería de Marina, y que, en consecuencia, desviarían recursos de la realización de misiones militares.
c. Para asegurar a los enlisteados y a sus padres que el reclutado no será arrojado a una asociación cercana con criminales.
Los solicitantes sin condenas penales, multas o períodos de restricción son moralmente elegibles para el alistamiento. Sin embargo, la divulgación voluntaria, o descubrimiento de reclutador, de cualquier forma de participación policial / criminal por un solicitante puede requerir una renuncia de la descalificación moral.
Es importante señalar aquí que la ley federal exige que los solicitantes divulguen todos los antecedentes penales en las solicitudes de reclutamiento, incluidos los registros eliminados, sellados o juveniles. Además, en la mayoría de los estados, dichos registros son accesibles para los investigadores militares, independientemente de lo que haya escuchado en contrario.
El proceso comienza con una entrevista con el Reclutador, preguntándole al solicitante sobre cualquier registro de arrestos, cargos, adjudicaciones judiciales juveniles, infracciones de tránsito, períodos de libertad condicional, cargos o condenas pendientes o pendientes, incluso aquellos que han sido borrados o sellados.
Proporcionar información falsa o retener información requerida es una ofensa federal, y las personas pueden ser juzgadas por un tribunal federal, civil o militar.
Si el solicitante admite una ofensa o si el reclutador tiene motivos para creer que el solicitante oculta una ofensa, o se indica un registro durante el Encuentro de Agencia Nacional de Entrada (ENAC), entonces el reclutador solicitará un criminal completo registro de las agencias locales de aplicación de la ley.
Algunas infracciones se pueden renunciar y otras no. Diferentes delitos requieren aprobación de exención en diferentes niveles en la cadena de mando de reclutamiento.
Es importante tener en cuenta que los solicitantes que requieren una exención no están calificados para el alistamiento, a menos que / hasta que se apruebe una exención. La carga recae en el solicitante para probar que exime a las autoridades de que han superado sus descalificaciones para el alistamiento y que su aceptación sería en el mejor interés de las Fuerzas Armadas. Las autoridades de exención considerarán el concepto de "persona completa" al considerar las solicitudes de exención.
En general, se requieren exenciones para:
- Cinco a nueve ofensas de tráfico menores
- De dos a cinco ofensas de tráfico más graves
- Dos o más delitos menores de tráfico clase 1
- De dos a nueve 2 infracciones menores sin tráfico
- Dos a cinco infracciones graves
- Un delito grave
Individuos con diez o más infracciones leves de tráfico, seis o más infracciones graves de tráfico, diez o más infracciones leves sin tráfico Clase 2, seis o infracciones más graves que no son de tráfico, o más de un delito grave no son elegibles para una exención.
Definiciones y pautas generales
Adjudicación Juvenil Adversa
a. Determinación por un juez o jurado en procedimientos judiciales juveniles de los que el menor es culpable, o que el individuo cometió los actos alegados en la petición o queja, basados ya sea en los méritos del caso o en la admisión de culpabilidad o declaración de culpabilidad del menor , y que la determinación fue registrada en los registros del tribunal, y
(1) Independientemente de si la sentencia fue impuesta, retenida o suspendida, y,
(2) Independientemente de los procedimientos posteriores en el mismo caso para eliminar una determinación inicial de culpabilidad de los registros judiciales, basada en pruebas de rehabilitación o un período satisfactorio de libertad condicional o supervisión. Ejemplos de "procedimientos subsecuentes" utilizados en los tribunales de menores en los Estados Unidos son: "cancelación", "sellado de registros", la reapertura del caso para cambiar el hallazgo original de "culpable" o "delincuencia", o la declaración de "culpable" o admisión de la verdad de los alegatos en la petición a "no culpable", desestimación de la petición original, dejando de lado la adjudicación de "delincuencia". Dichos procedimientos posteriores simplemente reconocen la rehabilitación y no alteran el hecho de que el menor cometió el acto por el cual el individuo fue juzgado.
b. El término "adjudicación juvenil adversa" es una adjudicación como delincuente juvenil, menor díscolo, delincuente juvenil, delincuente juvenil, delincuente juvenil, incorregible, y una declaración del menor como pupilo del tribunal, o una sentencia de libertad condicional o castigo por un juzgado de menores como resultado de una ofensa. El término "pupilo de la corte" no incluye la adjudicación de un menor como "dependiente", "descuidado" o "abandonado".
c. A los efectos de una renuncia, el procesamiento se basará en la gravedad de la ofensa específica por la que se adjudicó un solicitante. La severidad de la ofensa será determinada por la Lista de Guía Uniforme para Ofensas Típicas, arriba o por las notas contenidas en la misma si la ofensa no está específicamente enumerada por nombre. Una vez que la solicitud de exención moral se encuentre en el nivel de decisión adecuado, se considerarán factores como la edad del solicitante en el momento de la infracción, la condena real impuesta por el tribunal, etc.
Servicio a la comunidad: Una sentencia de una cantidad específica de trabajo que se realizará en beneficio de la comunidad en general. El servicio comunitario es una forma de multa o restitución, pero no es una forma de restricción. Los solicitantes a quienes la autoridad judicial les haya ordenado que presten servicios a la comunidad no son elegibles para el alistamiento hasta que dicho servicio se haya completado y se haya otorgado la exención correspondiente.
Conviction
a. Determinación de "culpable" por un juez o jurado, basada en los méritos de un caso o en la declaración de culpabilidad del acusado o de "nolo contendere":
b. Las sanciones impuestas por una agencia de aplicación de la ley o cuasi-ley en lugar de una audiencia o juicio oficial NO se considerarán "condenas". Las sanciones de esta naturaleza requieren una revisión por parte del Servicio de Reclutamiento.Vea los siguientes ejemplos.
Nota: Como regla general, cualquier requisito impuesto por un oficial de la corte (es decir, juez, magistrado, fiscal de distrito, asistente del fiscal de distrito, oficial juvenil u oficial de libertad condicional) será visto como una condena por fines de alistamiento La intervención previa al juicio o los programas de diversión se considerarán una "condena". De manera similar, los requisitos impuestos por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, (por ejemplo, la policía, los sheriffs, los sheriffs adjuntos o los agentes del Estado), serán considerados como una sanción. La pregunta clave es: "¿Fue este un programa formal de la corte?"
c. Las condenas o cargos que se hayan reducido por conveniencia, como en "negociación de declaración de culpabilidad", o declaración de culpabilidad de un cargo reducido o menor, no se aplicarán en el nivel apropiado para los cargos originales.
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(1) Independientemente de si la sentencia fue impuesta, retenida o suspendida; y
(2) Independientemente de los procedimientos posteriores en el caso para eliminar una determinación inicial de "culpable" de los registros del tribunal debido a la evidencia de la rehabilitación o la finalización de un período de prueba satisfactorio. Ejemplos de "procedimientos subsecuentes" utilizados en todo Estados Unidos en casos de delincuentes adultos son: "indulto", "expungement", reapertura del caso para cambiar el hallazgo original de "culpable" o súplicas de "culpable" o "nolo contendere" a "no culpable" y desestimación de la acusación, "amnistía" o anulación de la condena. Dichos procedimientos posteriores reconocen la rehabilitación, pero no alteran el hecho de que el delincuente cometió el acto criminal.
(1) Un solicitante es sorprendido por la policía desfigurando propiedad pública pintando graffiti en un puente. El oficial ordena al solicitante que lije el puente hasta que esté limpio, y en ese momento se olvidará del incidente. Esta es una sanción y requiere revisión por parte del servicio de reclutamiento.
(2) Un solicitante es sorprendido por la policía desfigurando propiedad pública al pintar graffiti en un puente. El solicitante es acusado, pero posteriormente referido a un programa de delincuente juvenil sancionado por el condado. Aunque el solicitante nunca aparece en el tribunal, y probablemente no tenga registro en el tribunal, requiere una renuncia como si fuera condenado.
Expungement: Algunos estados han establecido procedimientos para la subsiguiente "eliminación del registro", "desestimación de cargos" o "indulto" ante la evidencia de rehabilitación del delincuente. Tal acción tiene el efecto legal de extinguir la "condena" inicial o la "adjudicación juvenil adversa" de modo que, conforme a la ley estatal, el solicitante no tenga constancia de condena o adjudicación juvenil adversa. A pesar de esta acción, el registro debe revelarse y se requiere una exención de la descalificación del solicitante al nivel adecuado de decisión de alistamiento.
Nolle Prosequi: "Nolle Prosequi" es una declaración de que el demandante en un caso civil, o el fiscal en una causa penal, retirará el enjuiciamiento de todo o parte de una demanda o acusación formal. Nolle Prosequi "es un procedimiento judicial no resuelto. No se considera una forma de restricción y no es necesariamente un impedimento para el alistamiento.Sin embargo, se considera una condena para fines de alistamiento y se requiere una exención. En consecuencia, se requiere una revisión de nivel apropiada antes del alistamiento para garantizar que la determinación del tribunal de nolle prosequi se basó en los méritos del caso individual y no para facilitar el alistamiento en las Fuerzas Armadas. Si los documentos judiciales de las autoridades judiciales (es decir, el juez, DA, A. D. A.) que muestran el "nolle prosequi" fueron el resultado de pruebas insuficientes para condenar o acusar, entonces esto no será visto como una condena.
Nolo Contendere: "Nolo Contendere" es un alegato formulado por un acusado en una acción penal equivalente a una admisión de culpabilidad. Con este motivo, el acusado puede ser castigado, pero deja abiertas las posibilidades de denegación de los hechos alegados en otros procedimientos. Se requiere una exención.
Periodo de prueba: La suspensión de una condena de un individuo condenado pero aún no encarcelado por esa condena, bajo la condición de buena conducta continua e informar regularmente (bajo la supervisión de) un oficial de libertad condicional u otro agente designado por el Corte. Los términos legales regionales sinónimos de "libertad condicional" se tratarán exactamente como se usa la libertad condicional a lo largo de esta página de información.
Restricción: "Restricción" incluye la suspensión de una sentencia (para incluir oraciones suspendidas incondicionalmente), confinamiento o encarcelamiento en cualquier institución, libertad condicional (para incluir la libertad condicional incondicional sin supervisión) o libertad condicional.
Registros juveniles sellados: Varios estados tienen disposiciones para "sellar los registros juveniles", lo que sirve para limitar las divulgaciones por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y las autoridades judiciales. A pesar del efecto legal de dicha acción, el solicitante debe revelar el registro, y se debe otorgar una exención moral para autorizar el alistamiento en estos casos.
Sentencia suspendida incondicional y libertad vigilada incondicional no supervisada
Una condena condicional incondicional y la libertad condicional sin supervisión se consideran una sentencia suspendida y la libertad condicional impuestas por un tribunal, respectivamente, aunque el tribunal no imponga ninguna condición:
a. En cuanto a la libertad de movimiento de un individuo, o
b. Requerir el pago de daños, o
c. Exigir informes periódicos de individuos a un oficial de la corte (para incluir un oficial de libertad condicional), o
d. Involucrar la supervisión de un oficial de la corte (incluido un oficial de libertad condicional) sobre el individuo.
Los solicitantes actualmente bajo estas formas de restricción no son elegibles para el alistamiento hasta que se cumpla el plazo de la sentencia o la libertad condicional.
Alistamiento como alternativa a la acusación
Los solicitantes no pueden alistarse como alternativa al enjuiciamiento penal, acusación, encarcelamiento, libertad condicional, libertad condicional u otras sentencias punitivas. No son elegibles para el alistamiento hasta que la oración originalmente asignada se haya completado.
Requisitos especiales para el abuso de sustancias
No se considerará ninguna exención relacionada con medicamentos sin una copia firmada y completa del Formulario de detección de abuso de drogas.
Las exenciones no se otorgarán a los solicitantes de servicios no anteriores que:
a. Tener antecedentes de dependencia o adicción a las drogas o al alcohol, o
b. Tener una condena judicial por cualquier ofensa de drogas (excepto la posesión simple de cannabis [30 gramos o menos] y esteroides), o
c. Admite el tráfico de marihuana u otras drogas ilegales.
(Nota: "Traficar" en drogas se considerará la venta sin licencia o el comercio de drogas con fines de lucro).
d. Los solicitantes que han sido descalificados para las pruebas positivas en el DAT en MEPS.
Los solicitantes del Servicio anterior que hayan recibido un consejo de guerra, un Castigo no Judicial (NJP) o el despido como resultado del uso de drogas o una ofensa relacionada con las drogas (para incluir análisis de orina positivos) no son elegibles para el alistamiento / reenganche. No se autoriza ninguna renuncia. Los solicitantes que han recibido una separación de nivel de entrada como resultado del uso de drogas o una ofensa relacionada con las drogas (para incluir un análisis de orina positivo) requieren una espera obligatoria de 2 años. No se autoriza ninguna renuncia.
Las condenas por posesión de parafernalia de drogas serán tratadas, con el propósito de una exención de alistamiento, como si fueran condenas por la posesión de la droga real asociada con la pieza de parafernalia en particular.
El oficial al mando de la estación de reclutamiento puede renunciar al uso ilegal de medicamentos recetados antes del alistamiento en el DEP cuando un padre o persona que actúa en calidad de "loco parentis" haya administrado un medicamento con receta médica para fines médicos cuando ese medicamento no ha sido prescrito para el solicitante. Los ejemplos incluyen, pero no están limitados a, Valium y Tylenol III. Todo otro uso ilegal de medicamentos con receta requiere una exención del comandante del distrito.
Cada autoridad de decisión (por ejemplo, el reclutador, NCOIC, la estación de reclutamiento de CO, el distrito de reclutamiento de CO o la región de reclutamiento de CG) puede considerar que el alcance de la implicación de drogas previa al servicio es excesivo y optar por respalda desfavorablemente la solicitud de exención del solicitante y, por lo tanto, finaliza el procesamiento.
Falta de divulgación
Un solicitante puede ser dado de alta por no divulgar el uso o abuso de drogas ilegales o prescritas, para incluir convicciones resultantes de ese uso o abuso. El reclutador informará al solicitante de las graves consecuencias que podrían derivarse de la falta de divulgación.
Exenciones de historial penales para la Fuerza Aérea

La historia criminal y "moral" de un solicitante juega un papel gran papel en si son o no elegibles para unirse a la Fuerza Aérea de los EE. UU.
Alistamiento de la armada: Exenciones de antecedentes penales (fechorías)

Las exenciones de delitos graves, incluso las exenciones de delitos menores, rara vez se aprueban. Esto es especialmente cierto si la ofensa incluye algún tipo de violencia.
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